Defensoría del Pueblo de la Nación

Como lo exhortase la Defensoría del Pueblo Nacional, el P.E.N renovó el decreto de inscripción especial para niños y adultos de Comunidades Indígenas que necesitan sus DNI

En los mismos términos que lo requiriera el Defensor del Pueblo de la Nación, el Gobierno nacional prorrogó por un año el Decreto que permite obtener sus documentos nacionales de identidad a niños y adultos pertenecientes a comunidades indígenas, mediante un régimen administrativo especial de inscripción simplificado.

Cabe mencionar que hace unas semanas -ante la proximidad del vencimiento de la fecha de vigencia del  Decreto 459/16-, la Defensoría nacional exhortó a la Jefatura de Gabinete de Ministros para que dispusiera las medidas que fueran necesarias a efectos de que se renueve dicha norma. Ello, en atención al aludido vencimiento de aquel decreto y a la importancia de su renovación para el goce del derecho a la identidad como a la utilidad práctica de establecer un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de estos dos grupos en situación de vulnerabilidad dado que la inscripción del nacimiento permite el registro y posterior entrega de documento nacional de identidad necesario para poder gozar de los demás derechos fundamentales.

Por eso, por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 160 del 09 de Marzo de 2017, el Poder Ejecutivo Nacional estableció, entre otras cuestiones, por el término de un año contado a partir del 12 de Marzo de 2017 y con carácter excepcional, prorrogable por UN (1) año más, un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños recién nacidos y de hasta DOCE (12) años de edad, en los casos en que no hubiese sido inscripto su nacimiento o cuya inscripción estuviese aún en trámite.

Asimismo, se dispuso por igual período la aplicación de ese régimen simplificado para la inscripción de los ciudadanos mayores de 12 años de edad que residan en el ámbito del territorio de la Nación y que acrediten su pertenencia a pueblos indígenas.

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